Barcos piratas en la náutica de recreo en España: lo que debes saber antes de embarcarte
El auge de la náutica en España ha traído consigo un fenómeno preocupante: el aumento de barcos de recreo que operan de forma ilegal. Ya sea para hacer una travesía, una excursión, unas prácticas o una expedición científica, cada vez es más común encontrarse con embarcaciones sin los permisos adecuados o con banderas extranjeras utilizadas de forma fraudulenta.
Pero… ¿Qué implica subirte a uno de estos barcos? ¿Cuáles son los riesgos legales y personales? ¿Y cómo puedes identificar si te estás embarcando en un “barco pirata”? 🏴☠️
🚩 La matrícula importa (¡y mucho!)
En España, todos los barcos están clasificados en listas según el uso que se les da:
- 6ª lista: embarcaciones de recreo con fines comerciales. Legalmente habilitadas para alquilar, hacer excursiones, prácticas o transportar pasajeros con ánimo de lucro.
- 7ª lista: embarcaciones de recreo de uso privado. No pueden realizar ninguna actividad económica con pasajeros. Si pagas por subirte a una de ellas, estás en un barco pirata, aunque el barco sea estupendo.
Este pequeño detalle puede marcar una gran diferencia si ocurre un accidente: el seguro de una embarcación de uso privado no cubre a pasajeros de pago, ni tampoco las consecuencias penales o civiles para el patrón o el armador.
🏳️ Banderas extranjeras… ¿truco o legalidad?
En los últimos años se ha puesto de moda abanderar embarcaciones en países como Polonia, Bélgica o Países Bajos. ¿Por qué? Porque es más barato, rápido y con menos requisitos técnicos. Pero esto no significa que se pueda operar comercialmente en España con total libertad.
📌 ¿Y la bandera polaca?
Muchos barcos con bandera polaca ofrecen salidas a cambio de dinero en España, pero en la mayoría de los casos no cumplen los requisitos para hacerlo legalmente.
Un ciudadano español con una embarcación de bandera polaca no puede hacer actividad comercial en España solo por tener ese pabellón. Si quiere operar legalmente como empresa de chárter o excursiones, debe:
- Cumplir con los requisitos técnicos y de seguridad exigidos por Polonia y también por España. Entre otros, tener la Bandera Polaca Comercial, que requiere de la inspección del barco por un inspector polaco.
- Obtener el despacho para actividad comercial en Capitanía Marítima.
- Estar al corriente de obligaciones fiscales como el IEDMT (impuesto de matriculación), si corresponde.
- Acreditar titulación profesional válida del patrón, que sea reconocida por el país de abanderamiento, Polonia.
❌ Muchos de estos barcos, aun estando registrados como comerciales en Polonia, no cumplen los trámites necesarios para operar en España. El resultado es que funcionan fuera de la ley, sin cobertura real para pasajeros y con graves implicaciones en caso de accidente.
⚖️ ¿Y qué pasa con los barcos de bandera extranjera no comunitaria de más de 14 metros?
Aquí es donde las cosas se matizan. Hasta hace pocos años, existía una limitación que prohibía a los barcos de bandera extranjera de menos de 14 metros hacer actividad comercial en aguas españolas. Pero esa norma fue derogada.
Hoy, una embarcación de cualquier eslora, registrada en un país de la Unión Europea, puede operar comercialmente en España, siempre que:
- Se obtenga la autorización expresa de la Capitanía Marítima.
- Se cumplan los estándares técnicos, de seguridad y habitabilidad exigidos.
- Se regularicen las cuestiones fiscales (IEDMT, IVA si aplica, seguros…).
- La tripulación tenga titulación profesional reconocida en España.
Esto ha abierto la puerta a muchos armadores extranjeros para trabajar legalmente en aguas españolas, sobre todo con embarcaciones de más de 14 metros, pero también ha generado confusión y espacio para los piratas que se disfrazan de legales sin serlo.
🚨 Riesgos de embarcarte en un barco pirata
- Sin cobertura de seguros: si pasa algo, el seguro no cubre al pasajero, ni sus lesiones ni sus daños.
- El patrón puede no estar cualificado: muchos patrones no tienen la titulación profesional necesaria, ni experiencia suficiente.
- Responsabilidad para ti: si hay un accidente grave, tú como pasajero o tripulante de pago puedes verte involucrado en un proceso legal complejo.
- Sin contrato, sin factura, sin derechos: si no te dan factura o contrato, estás totalmente desprotegido.
✅ ¿Cómo saber si estás contratando algo legal?
- Pide ver la matrícula del barco y asegúrate de que es de la 6ª lista.
- Pregunta por la titulación del patrón. No basta con un PER o Patrón de Yate si es una actividad profesional.
- Comprueba que haya contrato, seguro y factura.
- Desconfía si todo parece demasiado informal: “somos un grupo de amigos”, “aportación voluntaria”, “no te preocupes, está todo controlado”…
⚓ En resumen: navegar sí, pero con seguridad y legalidad
La experiencia de navegar puede ser maravillosa, formativa y muy emocionante. Pero como escuela náutica, creemos firmemente que el mar no es lugar para atajos ni para jugársela.
Si vas a pagar por embarcarte, asegúrate de hacerlo con empresas legales, barcos autorizados y tripulación profesional. Y si quieres formarte para convertirte en patrón, en nuestra escuela te enseñamos a hacerlo bien, con titulación oficial y todas las garantías.
¿Tienes dudas sobre legalidad náutica, titulaciones o actividades profesionales en el mar? Escríbenos.
Te ayudamos a navegar seguro, legal y con confianza.
Artículo revisado por www.nauticalegal.com

